LEY 40/2003, de 18 de Noviembre ……………………….. Descarga BOE Ley 40/2003


REGLAMENTO: REAL DECRETO 1621/2005,de 30 de Diciembre

BENEFICIOS SOCIALES

– Bonificación de cuotas de la Seguridad Social por la contratación de cuidadores en familias numerosas.

– Prestaciones familiares de la Seguridad Social.

– Conservación de situaciones laborales.Según convenio de empresas.

Instituto Nacional de la Seguridad Social

900 16 65 65

BENEFICIOS EN ACTIVIDADES Y SERVICIOS PUBLICOS O DE INTERES GENERAL.

A-Beneficios  en materia de educación

1.Derechos de preferencia en relación con la concesión de becas y ayudas en materia educativa:

a-Convocatoria de becas.

b-Convocatorias de ayudas para la adquisicion de libros y material didactico.

c-Admisión en centros educativos preescolar y centros docentes sostenidos con fondos públicos.

2.Exenciones y bonificaciones en tasas o precios públicos en el ámbito educativo.

Esención o bonificiación del 50% o 100%, según categorías, en todos los regimenes, niveles y ciclos de las tasas o precios publicos de derechos de matriculación y examen, expedición de titulos y diplomas.

3.Subsidio por necesidades educativas especiales asociadas a la discapacidad.

a-Subsidio a familias con hijo/s con discapacidad que necesiten educacion especial.

b-Subsidio por cada hijo o hermano huérfano de padre y madre con necesidades educativas especiales, transporte escolar, transporte urbano y comedor escolar.

4.Prestación por infortunio familiar concedida por el seguro escolar.

Incremento de un 20% o un 50% segun categorias.

Consejería de Educación: 91 720 02 04/05

B- Beneficios en materia de transporte.

1.Bonificaciones en los precios de los servicios regulares de transporte interurbano de viajeros por carretera.Las reducciones seran de un 20% o 50% segun categorias.

2.Bonificaciones por la utilización de transporte por ferrocarril.

a-Las reducciones seran de un 20% o un 50% según categorias

b-Transporte de muebles y demas enseres por razón de cambio de domicilio.

3.Bonificación por la utilización de lineas regulares de transporte marítimo.

4.Bonificación por la utilización de transporte aéreo nacional.

Ministerio de Fomento: 91 597 00 00

Consorcio Regional de Transporte: 012 y 91 580 42 60

C- Beneficios en actividades de ocio y culturales.

1.Derechos de preferencia en el acceso a actividades de ocio del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y bonificación en las cuotas a abonar.

a-Subvenciones del 20% y 50%, según categorias, para los programas de turismo y termalismo para personas con discapacidad.

b-Acceso en los programas de vacaciones y termalismo social para mayores.

2.Bonificaciones en los precios de los centros e instituciones culturales de titularidad estatal.Reducción del 50% en el precio de la entrada a museos de titularidad estatal, teatros y auditorios dependientes del Instituto Nacional de Artes Escénicas.

Ministerio de Cultura: 91 701 71 56/59

Consejeria de Cultura y Deportes: 91 720 82 24

Consejeria de Familia y Asuntos Sociales: 91 420 69 04

D-Acción protectora en materia de vivienda.

Beneficios generales en materia de vivienda:

a. Mejora de condiciones para acceder a las ayudas financieras.

b.Subsidios para la promoción y adquisición de viviendas protegidas o usadas.

c.Facilidades para el cambio a otra vivienda protegida o usada de mayor superficie.

d.Facilidades para la adaptación de la actual vivienda o cambio a otra vivienda adecuada a la discapacidad de algún miembro de la una familia numerosas.

e.Preferecia en el contrato de alquiler del Plan Estatal de la Vivienda.

IVIMA (Instituto de la Vivienda de la Comunidad de Madrid): 012 y 91 580 91 00

EMVS ( Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid): 91 588 38 58/53

PROTECCION EN MATERIA TRIBUTARIA

-Vivienda

Se aplica el tipo impositivo del 4% en la compra de inmuebles que vayan a constituir vivienda habitual.

Direccion Genral de Tributos,c/ General Martinez Campos,30. 901 505 060

IVIMA, c/ Braganza s/n 012 y 91 580 91 00

-I.B.I.

Ayuntamiento de la localidad donde se está empadronado

-Agua.

Deducción en el consumo de agua.

Canal de Isabel II, c/ Santa Engracia, 125. 901 516 516

-Adquisición de Vehículos.

Deducción del impuesto de matriculación.

Agencia Tributaria: 901 33 55 33